Subvenciones en energías en Aragón – Junio 2021
AYUDAS EN MATERIA DE AHORRO Y DIVERSIFICACIÓN ENERGÉTICA, USO RACIONAL DE LA ENERGÍA Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS AUTÓCTONOS Y RENOVABLES.
En el marco del Plan Energético de Aragón 2013-2020, el Gobierno de Aragón destina 3.900.000 euros a esta línea de ayudas cuyo objetivo es perseguir el fomento de las energías renovables y su utilización en todo el territorio de Aragón.
Estas ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y por Fondos Estructurales de la Comunidad Autónoma de Aragón, se ejecutan mediante convocatorias realizadas la Comisión técnica de valoración en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las ayudas son a fondo perdido y se tramitan en régimen de concurrencia competitiva con el objetivo de optimizar y limitar la aplicación de las mismas.
Artículo 6-2: “Se consideran costes subvencionables para actuaciones en solar fotovoltaica y, en su caso, solar térmica mediante paneles solares híbridos, instalaciones de autoconsumo eléctrico conectadas a la red de distribución o aisladas, mediante paneles solares fotovoltaicos y paneles solares híbridos (producción de electricidad y de agua caliente), el coste de los equipos e instalaciones, la obra civil asociada, la realización de proyectos de ingeniería y las actuaciones de montaje y pruebas de seguridad reglamentarias que formen parte directamente del proyecto.”
¿Quién puede acceder a la subvención?
Las empresas privadas y autónomas, las corporaciones o entidades locales, las instituciones o entidades sin ánimo de lucro, las comunidades de propietarios y los particulares. Se entenderá como particulares exclusivamente las personas físicas que soliciten ayudas para proyectos no sujetos a actividad económica alguna.
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¿Cuáles son los criterios de las ayudas?
- Localización: Situadas en la Comunidad de Autónoma de Aragón
- Viabilidad Administrativa: Serán subvencionables las actuaciones relativas a la ejecución de nuevos proyectos e instalaciones, así como la ampliación de potencia o sustitución de instalaciones existentes en el ámbito de las energías renovables.
- Externalidades positivas: se divide en tres grupos
- Proyectos e instalaciones en materia de ahorro y diversificación energética ,uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables que supongan la explotación de los recursos energéticos relativos a solar fotovoltaica y, en su caso, solar térmica mediante la instalación de paneles solares híbridos.
- Instalaciones de autoconsumo eléctrico conectadas a la red de distribución o aisladas: hasta una potencia máxima inferior a 100 kWp de potencia eléctrica y una potencia máxima de 250 kW de potencia térmica de paneles solares híbridos.
- Industrial y empresarial: instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, acuicultura, del sector servicios o residencial, electrificación rural, vivienda, alumbrado, bombeo, regadío, producción de hidrógeno, aplicaciones para la movilidad sostenible, etc.
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¿Cuál la cuantía individualizada de la ayuda?
- Institución o entidad sin ánimo de lucro, comunidad de propietarios o particular: hasta un máximo del 50% del coste subvenciónales de la inversión
- Empresa privada o autónomo: hasta un máximo del 60% del coste subvenciónales de la inversión
- Corporación o entidad local: hasta un máximo del 80% del coste subvenciónales de la inversión
La obtención de esta subvención será compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos, siempre que no se supere el 80% del coste de la actuación subvencionada.
Tipología de las actuaciones
El coste de referencia para el cálculo de la inversión máxima subvencionable, en relación a los objetivos energéticos, se determinará atendiendo a los siguientes criterios:
En el caso de instalaciones con paneles solares híbridos, los costes de referencia se incrementarán, a partir de los costes indicados anteriormente, en función de la potencia térmica de los paneles solares híbridos en 1.000 €/kW.
¿Qué plazo tengo para presentar las solicitudes?
El plazo para presentar las solicitudes es de un mes desde el día de publicación del Orden de convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. Es decir hasta el 02 de Julio de 2021.
Las solicitudes se cumplimentan a través de la aplicación disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El periodo subvencionable comienza el 1 de enero de 2021 y termina el 29 de octubre de 2021, ambas fechas inclusive. Las actuaciones no podrán recibir ayudas si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que el beneficiario presente la solicitud de ayuda correspondiente
¿Cuándo se resolverán las solicitudes?
Las solicitudes de ayuda se resolverán por Orden del Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial en el plazo máximo de tres meses, contados desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.
El pago de la subvención se efectuará cuando se haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada y se haya justificado la realización de la actuación subvencionada y el gasto realizado.
*Abora Energy, S.L. no se encarga de gestionar y solicitar la subvención. *Este documento es simplemente informativo, para cualquier duda o aclaración deberá remitirse al Ministerio de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón.
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